Pago por Servicios Ambientales (PSA)

Conforme a lo señalado en el artículo 4 del Decreto 870 de 2017, el PSA “es el incentivo económico en dinero o en especie que reconocen los interesados de los servicios ambientales a los propietarios, poseedores u ocupantes de buena fe exenta de culpa por las acciones de preservación y restauración en áreas y ecosistemas estratégicos, mediante la celebración de acuerdos voluntarios entre los interesados y beneficiarios de los servicios ambientales”. Sin embargo, desde Censat Agua Viva se considera que este es un mecanismo de la economía verde que implica la mercantilización y apropiación de las funciones de la naturaleza biofísica y humana, incluyendo los cuidados tradicionales y saberes ancestrales de las comunidades locales. De hecho, de acuerdo con lo señalado por Ribeiro (2011), los PSA han significado la presencia de diferentes conflictos en los territorios, que van desde enfrentamientos entre comunidades locales (indígenas, campesinas, afrodescendientes, etc.) por el comercio de servicios ambientales, hasta el traspaso de la toma de decisiones sobre el territorio a actores económicos poderosos.